Promover el bienestar social y brindar apoyo a estudiantes en situación de vulnerabilidad.
Conoce sobre nuestras becas
Todas las becas y descuentos están supeditadas a estos artículos del reglamento:
Artículo 6º Las becas se calculan en base a la pensión de enseñanza vigente; a este valor se le aplica el porcentaje de beca otorgado, que puede ser integral o parcial; su duración es de un semestre académico; no incluye matrícula ni otros derechos que está obligado a pagar el alumno.
Artículo 7º Los trámites para el otorgamiento y renovación se realizan a solicitud de los alumnos (no son automáticos) en la Oficina de Bienestar Universitario de cada Facultad – dependencia y/o Unidad de Categorización. Los requisitos para el otorgamiento y renovación de beca son:
Es beneficiario el estudiante del 2º Semestre en adelante que haya ocupado los primeros puestos en el semestre anterior de su promoción, de acuerdo a la disponibilidad de las plazas que otorgue la facultad.
REQUISITOS:
CONSIDERACIONES:
Beneficio otorgado a potestad de la Universidad en función de la disponibilidad financiera de la Facultad y a solicitud del estudiante que atraviesa una situación económica o de salud difícil debidamente verificadas, y le resulte al estudiante o al tutor imposible sufragar el costo total o parcial de la pensión de enseñanza.
Este apoyo será renovable por un semestre adicional, si amerita el caso cumpliendo los requisitos mencionados.
REQUISITOS:
CONSIDERACIONES:
ECONOMICO
FAMILIAR
VIVIENDA
SALUD
Beneficio otorgado en base al cumplimiento de una ley nacional. los motivos y requisitos para este tipo de beca son los que especifique la ley que la otorga, así como también las descritas en el Artículo 7° del reglamento.
La beca ley se hace efectiva a partir de la fecha de producido el evento que la motiva, y no alcanza a las deudas que el beneficiario tenga con la Universidad antes de dicha fecha.
Beneficio otorgado en base al pacto colectivo firmado entre la Universidad y sus trabajadores docentes y administrativos; con un alcance establecido en el documento suscrito entre ambas partes. Si bien su otorgamiento es obligatorio, el alumno beneficiario, debe cumplir con los requisitos generales descritos en el Artículo 7°. Este beneficio no es automático, debe ser solicitado.
Los postulantes admitidos por la modalidad exonerados:
Primer o segundo puesto de colegio
Tercio superior
No aplica para la carrera de Medicina Humana.
REQUISITOS:
CONSIDERACIONES
Enviar todo por correo de la siguiente manera:
Para: categorizacion_recepcion@usmp.pe
Asunto: 1/4 de Beca – Apellidos y nombres
Recuerda renovar tu beneficio cada ciclo académico presentando:
Beneficio otorgado en base a acuerdos firmados con otras instituciones que tendrán los alcances que se establezcan en el documento suscrito entre ambas partes, primando lo señalado en el Artículo 4° del presente Reglamento. El alumno beneficiario deberá cumplir con los requisitos descritos en el Artículo 7° y los que pudiere establecer el convenio, además de solicitar el beneficio acreditando estar comprendido en el convenio suscrito.
Los convenios deben ser aprobados por el Consejo Directivo, mediante Resolución Rectoral.
PROCURADURIA GENERAL DEL ESTADO (VIGENTE DESDE EL 2025)
CALIFICAN al Beneficio, el titular, cónyuge e hijos.
Los REQUISITOS serán enviados al correo categorizacion_recepcion@usmp.pe según el Cronograma:
MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS (VIGENTE DESDE EL 2025)
CALIFICAN el titular e hijos.
Los REQUISITOS serán enviados al correo categorizacion_recepcion@usmp.pe según el Cronograma:
SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE LOS REGISTROS PUBLICOS (SUNARP) (VIGENTE DESDE EL 2025)
CALIFICAN personal TITULAR y/o hijos.
Los REQUISITOS serán enviados al correo categorizacion_recepcion@usmp.pe según el Cronograma:
CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA (VIGENTE DESDE EL 2026)
CALIFICAN el personal TITULAR de la Contraloría o uno de sus familiares directos (cónyuge o hijo).
Los REQUISITOS serán enviados al correo categorizacion_recepcion@usmp.pe según el Cronograma:
CONVENIO MININTER
si el BENEFACTOR es (PNP – descuento al monto de la Escala VALIDADA del 20% (grado coronel) o 40% (grado Sub-Oficial a Comandante) y para el Personal Civil en ACTIVIDAD.
Vigente desde el Proceso de Categorización 2023-I.
Ver INFORMACION SOBRE ESCALAS CONVENIO en https://www.usmp.edu.pe/categorizacion
APLICA: El titular, cónyuge e hijos.
PARA HIJOS DEL COLABORADOR DOCENTE O ADMINISTRATIVO CONTRATADO DE LA USMP (VIGENTE DESDE EL 2026)
CALIFICAN los hijos del colaborador de la USMP docente o administrativo contratado.
Los REQUISITOS serán enviados al correo categorizacion_recepcion@usmp.pe según el Cronograma:
PARA HERMANOS DE ESTUDIANTES DE LA USMP (VIGENTE DESDE EL 2026)
CALIFICAN los hermanos de estudiantes que se encuentren matriculados (hasta un máximo de 02), y que al postular registraron al mismo responsable del pago de la pensión.
Los REQUISITOS serán enviados al correo categorizacion_recepcion@usmp.pe según el Cronograma:





